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CLASES DE ASOCIADOS |
SOCIOS DE NÚMERO
Todos aquellos que ingresen en la Mulualidad, mayores de 20 años y teniendo en plena
vigencia, el título de aptitud como conductor de vehículos de tracción mecánica,
expedido por la autoridad competente.
SOCIOS JUVENILES
Todos aquellos que ingresen en la Mutualidad, con edad comprendida entre los 14
y los 20 años, estando en posesión del título de aptitud como conductor de vehículos
de tracción mecánica, expedido por la autoridad competente.
De los 14 a los 18 años, no pagarán cuotas
De los 18 a los 20 años, pagarán el 50% de la cuota.
SOCIOS PASSIVOS
Todos aquellos associados que hayan sido aogidos a los beneficios de subsidio de
invalidez. Únicamente tendran derecho a las prestaciones de los artículos 9 y 20
del reglamento.
SOCIS COMPRNDIDOS HASTA EL NÚMERO 7.926
Cuando cobren el Premio de Antigüedad de 150,25 €, por llevar 25 años o más, como
socios de número en activo, con todos los derechos y deberes que venían gozando
y pagarán en concepto de cuota el 25% de la correspondiente a los socios de número.
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DISPOSICIONES GENERALES |
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Para tener derecho a la asistencia jurídica, subsidios y socorro los asociados
deben estar al corriente de pagos de las cuotas, y en pleno uso de susu derechos sociales,
sin perjudicio de otros requisitos de forma específica que se señalan para cada prestación en concreto.
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Se considerará que existe accidente de circulación cuando concurram los supuestos siguientes:
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Que se produzcan en via abierta a la circulación pública.
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Que a causa de los mismos, una o varias personas resulten muertas o heridas o se produzcan
daños materiales.
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Que por lo menos un vehículo en movimiento con conductor esté implicado.
| IMPORTE CUOTAS 52,64 € ANUALES |
| Servicios complementarios 0,60 € |
| Impuesto sobre primas de seguros |
| IMPORTE ANUAL TOTAL 65 € (incluidos impuestos y derramas) |
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